CUENTA GENERAL DE LA ESCUELA INSULAR DE MUSICA EJERCICIO 2024 CONTENIDO DE LA CUENTA GENERAL-MEMORIA A) CUENTAS CONTABLES:  BALANCE DE SITUACIÓN  CUENTA DEL RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL  ESTADO DE LA LIQUIDACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS  ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO  ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO B) MEMORIA :  ORGANIZACIÓN Y ACTIVIDAD  GESTIÓN INDIRECTA DE SERVICIOS PÚBLICOS  BASES DE PRESENTACIÓN DE LAS CUENTAS  NORMAS DE RECONOCIMIENTO Y VALORACIÓN INMOVILIZADO MATERIAL  PATRIMONIO PÚBLICO DEL SUELO INVERSIONES INMOBILIARIAS INMOVILIZADO INTANGIBLE  ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS Y OTRAS OPERACIONES DE NATURALEZA SIMILAR  ACTIVOS FINANCIEROS  PASIVOS FINANCIEROS  COBERTURAS CONTABLES  ACTIVOS CONSTRUIDOS O ADQURIDOS PARA OTRAS ENTIDADES  MONEDA EXTRANJERA  TRANSFERENCIAS, SUBVENCIONES Y OTROS INGRESOS Y GASTOS  PROVISIONES Y CONTINGENCIAS INFORMACIÓN SOBRE MEDIO AMBIENTE  ACTIVOS EN ESTADO DE VENTA  PRESENTACIÓN POR ACTIVIDADES DE LA CUENTA DEL RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL  OPERACIONES POR ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DE OTROS ENTES  OPERACIONES NO PRESUPUESTARIAS DE TESORERÍA  CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACIÓN  VALORES RECIBIDOS EN DEPÓSITOS INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA INDICADORES FINANCIEROS, PATRIMONIALES Y PRESUPUESTARIOS INFORMACIÓN SOBRE EL COSTE DE LAS ACTIVIDADES INDICADORES DE GESTIÓN  HECHOS POSTERIORES AL CIERRE C ) ACTA DE ARQUEO MEMORIA ORGANIZACIÓN Y ACTIVIDAD 1. La Escuela Insular de Música se configura como un Organismo Autónomo Local de Servicios, dependiente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, al amparo de lo preceptuado en los Artículos 85 y 86 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, con personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica y de obrar, teniendo, además, carácter administrativo, a efectos de lo dispuesto en el artículo 164.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo. 2. La población oficial de la isla (a 1 de enero de 2024) es de 85.382 personas. 3. La Escuela Insular de Música tiene como funciones esenciales las siguientes: • Llevar a cabo una posibilidad formativa en cuanto a la enseñanza especializada de música, flexibilizando y diversificando la oferta educativa • Acercar la experiencia musical a todo aquel que lo desee, así como descubrir y encauzar, con unos programas adecuados, a aquellos alumnos que, por unas especiales aptitudes y actitudes, quisieran seguir el camino hacia lo profesional • Fomentar desde la infancia el interés hacia la música y atender la amplia demanda social de una cultura artística de carácter práctico • Procurar una formación musical complementaria que permita disfrutar de la práctica individual o en grupo sin límite de edad • Posibilitar a los jóvenes con claras aptitudes la formación necesaria para acceder a los estudios de carácter profesional • Recoger y difundir las tradiciones locales en materia de Música • Organizar conciertos, festivales y actividades y manifestaciones públicas en las que se ofrezca todo el trabajo de la Escuela a la sociedad, haciéndola partícipe de ese trabajo • Efectuar cuantas gestiones sean necesarias para conseguir aportaciones económicas de cualquier procedencia para financiar las actividades de la Escuela 4. Es un Ente dependiente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. 5. Su estructura organizativa básica es la siguiente : 5.1. Nivel Político : • Presidente • Junta Rectora 5.2. Nivel Administrativo : • Profesores de Música, de los cuales uno asume la dirección y otro la jefatura de estudios. • Personal de Administración. 6. Los empleados en esta Entidad: Total :21 7. No tiene entidades dependientes 8. No participa en ninguna sociedad 9. Las principales fuentes de financiación de la Entidad son las transferencias procedentes del Cabildo Insular de la Palma. GESTIÓN INDIRECTA DE SERVICIOS Se informa sobre los Servicios Públicos que son prestados por terceros bajo cualquier modalidad jurídica reconocida en la normativa aplicable, no dándose el caso. BASES DE PRESENTACIÓN DE LAS CUENTAS 1.Imagen fiel : Las cuentas anuales se expresan en euros y se presentan según las normas establecidas en la ORDEN EHA/ 1781 /2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción del modelo normal de contabilidad local (BOE de 3 de octubre de 2013). Suministran información útil para la toma de decisiones económicas de la entidad, redactándose con claridad con objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución del presupuesto de la entidad contable. La información incluida en las cuentas anuales cumple los requisitos de claridad, relevancia, fiabilidad y comparabilidad. La contabilidad de la entidad se desarrolla aplicando los principios contables de carácter económico patrimonial de gestión continuada, devengo, uniformidad, prudencia, no compensación e importancia relativa. También se aplican los principios contables de carácter presupuestario recogidos en la normativa presupuestaria y, en especial, el principio de imputación presupuestaria y el principio de desafectación. Las cuentas anuales comprenden los siguientes documentos que forman una unidad: el Balance, la Cuenta del resultado económico patrimonial, el Estado de cambios en el patrimonio neto, el Estado de liquidación del presupuesto, el Estado de flujos de efectivo y la Memoria. La aplicación sistemática y regular de los requisitos de la información y principios y criterios contables incluidos en los apartados siguientes conduce a que las cuentas anuales muestren la anteriormente citada imagen fiel. A tal efecto, en la contabilización de las operaciones se atiende a su realidad económica y no solo a su forma jurídica. 2.Comparación de la información: Las cuentas anuales del ejercicio 2024 se presentan comparativamente con las del ejercicio anterior. 3.Principios Contables : 1. La contabilidad de la entidad se desarrollará aplicando los principios contables de carácter económico patrimonial que se indican a continuación: ) Gestión continuada. Se presume, salvo prueba en contrario, que continúa la actividad de la entidad por tiempo indefinido. Por tanto, la aplicación de los presentes principios no irá encaminada a determinar el valor liquidativo del patrimonio ) Devengo. Las transacciones y otros hechos económicos se reconocen en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, y no en el momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de aquellos. Los elementos reconocidos de acuerdo con este principio son activos, pasivos, patrimonio neto, ingresos y gastos. Cuando no se pueda identificar claramente la corriente real de bienes y servicios se deben reconocer los gastos o los ingresos, o el elemento que corresponda, cuando se produzcan las variaciones de activos o pasivos que les afecten; por tanto, a la fecha de cierre del ejercicio contable se deben reconocer solo aquellos activos, gastos o pasivos que se hayan devengado a la fecha, ya que presupuestariamente solo se pueden registrar cuando sean certeros. ) Uniformidad. Una vez adoptado un criterio contable dentro de las alternativas permitidas, este se ha mantenido en el tiempo y se aplica a todos los elementos patrimoniales que tienen las mismas características en tanto no se alteren los supuestos que motivaron su elección. Si procediera la alteración justificada de los criterios utilizados, dicha circunstancia se hará constar en la memoria, indicando la incidencia cuantitativa y cualitativa de la variación sobre las cuentas anuales. ) Prudencia. Se mantiene cierto grado de precaución en los juicios de los que se derivan estimaciones bajo condiciones de incertidumbre, de tal manera que los activos o los ingresos no se han sobrevalorado, y las obligaciones o los gastos no se han infravalorado. Pero, además, el ejercicio de la prudencia no debe suponer la minusvaloración de activos o ingresos ni la sobrevaloración de obligaciones o gastos, realizados de forma intencionada, ya que ello privaría de neutralidad a la información, suponiendo un menoscabo a su fiabilidad. ) No compensación. No se han compensado las partidas del activo y del pasivo del balance, ni las de gastos e ingresos que integran la cuenta del resultado económico patrimonial o el estado de cambios en el patrimonio neto, y se valoran separadamente los elementos integrantes de las cuentas anuales, salvo aquellos casos en que de forma excepcional así se haya regulado. ) Importancia relativa. La aplicación de los principios y criterios contables, está presidida por la consideración de la importancia en términos relativos que los mismos y sus efectos pudieran presentar. Por consiguiente, podrá ser admisible la no aplicación estricta de alguno de ellos, siempre y cuando la importancia relativa en términos cuantitativos o cualitativos de la variación constatada sea escasamente significativa y no altere, por tanto, la imagen fiel de la situación patrimonial y de los resultados del sujeto económico. Las partidas o importes cuya importancia relativa sea escasamente significativa podrán aparecer agrupados con otros de similar naturaleza o función. La aplicación de este principio no podrá implicar en caso alguno la trasgresión de normas legales. En los casos de conflicto entre los anteriores principios contables deberá prevalecer el que mejor conduzca a que las cuentas anuales expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y del resultado económico patrimonial de la entidad. 4.Elementos de las Cuentas Anuales : 1. Los elementos de las cuentas anuales relacionados con el patrimonio y la situación financiera de la entidad, que se registran en el balance son: a) Activos: bienes, derechos y otros recursos controlados económicamente por la entidad, resultantes de sucesos pasados, de los que es probable que la entidad obtenga en el futuro rendimientos económicos o un potencial de servicio. También serán calificados como activos aquellos que sean necesarios para obtener los rendimientos económicos o el potencial de servicio de otros activos. Los activos portadores de «rendimientos económicos futuros» son aquellos que se poseen con el fin de generar un rendimiento comercial a través de la provisión de bienes o prestación de servicios con los mismos: un activo genera un rendimiento comercial cuando se utiliza de una forma consistente con la adoptada por las entidades orientadas a la obtención de beneficios. La posesión de un activo para generar un rendimiento comercial indica que la entidad pretende obtener flujos de efectivo a través de ese activo (o a través de la unidad a la que pertenece el activo) y obtener un rendimiento que refleje el riesgo que implica la posesión del mismo. Los activos portadores de «potencial de servicio» son aquellos que se poseen con una finalidad distinta a la de generar un rendimiento comercial, como pueden ser los flujos económicos sociales que generan dichos activos y que benefician a la colectividad, esto es, su beneficio social o potencial de servicio. b) Pasivos: obligaciones actuales surgidas como consecuencia de sucesos pasados, cuya extinción es probable que dé lugar a una disminución de recursos que incorporen rendimientos económicos o un potencial de servicio. A estos efectos, se entienden incluidas las provisiones. c) Patrimonio neto: constituye la parte residual de los activos de la entidad, una vez deducidos todos sus pasivos. Incluye las aportaciones realizadas, ya sea en el momento de su constitución o en otros posteriores, por la entidad o entidades propietarias, que no tengan la consideración de pasivos, así como los resultados acumulados u otras variaciones que le afecten. 2. Los elementos relacionados con la medida del resultado económico patrimonial y otros ajustes en el patrimonio neto, que se reflejan en la cuenta del resultado económico patrimonial o en el estado de cambios en el patrimonio neto son: a) Ingresos: incrementos en el patrimonio neto de la entidad, ya sea en forma de entradas o aumentos en el valor de los activos, o de disminución de los pasivos, siempre que no tengan su origen en aportaciones patrimoniales, monetarias o no, de la entidad o entidades propietarias cuando actúen como tales. b) Gastos: decrementos en el patrimonio neto de la entidad, ya sea en forma de salidas o disminuciones en el valor de los activos, o de reconocimiento o aumento de los pasivos, siempre que no tengan su origen en devoluciones de aportaciones patrimoniales y en su caso distribuciones, monetarias o no, a la entidad o entidades propietarias cuando actúen como tales. Los ingresos y gastos del ejercicio se han imputado al resultado del mismo, excepto cuando procediera su imputación directa al patrimonio neto de acuerdo con lo previsto en la segunda parte de este Plan General de Contabilidad Pública o en su normativa de desarrollo. 3. Los elementos relacionados con la ejecución del presupuesto que se reflejan en el estado de liquidación del presupuesto son: a) Gastos presupuestarios: Son aquellos flujos que suponen el empleo de créditos consignados en el presupuesto de gastos de la entidad. Su realización conlleva obligaciones a pagar presupuestarias con origen en gastos, en adquisición de activos o en la cancelación de pasivos financieros. Por tanto, este término se reserva para aquellos flujos que deben imputarse al estado de liquidación del presupuesto de la entidad. No debe confundirse con el término «gasto», ya que existen gastos presupuestarios que no constituyen un gasto y viceversa. b) Ingresos presupuestarios: Son aquellos flujos que determinan recursos para financiar los gastos presupuestarios de la entidad. Generan derechos de cobro presupuestarios, que deben imputarse al correspondiente presupuesto, con origen en ingresos, en la enajenación, el vencimiento o la cancelación de activos, en la emisión de pasivos financieros, en la disminución de gastos o en el incremento del patrimonio neto. Por tanto, este término se reserva para aquellos flujos que deben imputarse al estado de liquidación del presupuesto de la entidad. No debe confundirse con el término «ingreso», ya que existen ingresos presupuestarios que no constituyen ingreso y viceversa. 4. Los elementos relacionados con movimientos de tesorería que tienen su reflejo en el estado de flujos de efectivo son: a) Cobros: Son los flujos de entrada de efectivo y suponen un aumento de la tesorería de la entidad. b) Pagos: Son los flujos de salida de efectivo y suponen una disminución de la tesorería de la entidad. 5.Criterios de valoración : La valoración es el proceso por el que se asigna un valor monetario a cada uno de los elementos integrantes de las cuentas anuales, de acuerdo con lo dispuesto en las normas de valoración relativas a cada uno de ellos, incluidas en la parte segunda de este Plan General de Contabilidad Pública. En nuestro caso, no existe un desarrollo de criterios de valoración diferentes a lo reconocido en la norma. 6.Razones e incidencias en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización y corrección de errores. No se han producido correcciones relevantes 7.Información sobre cambios en estimaciones contables cuando sean significativas. No se han producido. NORMAS DE RECONOCIMIENTO Y VALORACIÓN Los criterios contables aplicados por el Organismo para la elaboración de las cuentas anuales son los siguientes: 1. Inmovilizaciones materiales, bienes destinados al uso general El inmovilizado material son los activos tangibles, muebles e inmuebles que: a) Posee la entidad para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios o para sus propios propósitos administrativos. b) Se espera tengan una vida útil mayor a un año. Con carácter general, podrán excluirse del inmovilizado material y, por tanto, considerarse gasto del ejercicio, aquellos bienes muebles cuyo precio unitario e importancia relativa, dentro de la masa patrimonial, así lo aconsejen. Las inversiones materiales se han registrado por su precio de adquisición. Con posterioridad a su reconocimiento inicial como activo, todos los elementos del inmovilizado material se contabilizan a su valor inicial incrementado, en su caso, por los desembolsos posteriores y descontando la amortización acumulada practicada que hayan sufrido a lo largo de su vida útil. Los costes de renovación, ampliación o mejora son incorporados al activo como mayor valor del bien cuando suponen un aumento de su vida útil. Los gastos periódicos de mantenimiento, conservación y reparación se imputan a resultados, siguiendo el principio de devengo, como coste del ejercicio en que se incurran. Las cuotas de amortización se determinan por el método lineal y tomándose como vida útil los períodos establecidos en la Resolución de 14 de diciembre de 1999 de la IGAE por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio. 2. Patrimonio público del suelo : Son activos no corrientes materializados generalmente en bienes inmuebles, afectados al destino de dicho patrimonio. 3. Inversiones inmobiliarias: Las inversiones inmobiliarias son inmuebles (terrenos o edificios, considerados en su totalidad o en parte, o ambos) que se tienen (por parte del propietario o por parte del arrendatario que haya acordado un arrendamiento financiero) para obtener rentas, plusvalías o ambas, no para su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, ni para fines administrativos, ni para su venta en el curso ordinario de las operaciones. Asimismo se considerarán inversiones inmobiliarias aquellos bienes patrimoniales distintos de los que forman el patrimonio público del suelo que no se clasifiquen a su entrada en el patrimonio de la entidad como inmovilizado material. En aquellos supuestos en los que una parte del inmovilizado material de las entidades se tiene para obtener rentas o plusvalías y otra parte se utiliza en la producción o suministro de bienes o servicios, o bien para fines administrativos, la entidad las contabilizará por separado si dichas partes pueden ser vendidas separadamente. Si estas partes no pueden ser vendidas separadamente, la entidad únicamente la calificará como inversión inmobiliaria, si sólo una parte insignificante se utiliza para la producción o prestación de bienes o servicios, o para fines administrativos. 4. Inmovilizado intangible: El inmovilizado intangible se concreta en un conjunto de activos intangibles y derechos susceptibles de valoración económica de carácter no monetario y sin apariencia física que cumplen, además, las características de permanencia en el tiempo y utilización en la producción de bienes y servicios o constituyen una fuente de recursos de la entidad. Con carácter general, podrán excluirse del inmovilizado intangible y, por tanto, considerarse gasto del ejercicio, aquellos bienes y derechos cuyo precio unitario e importancia relativa, dentro de la masa patrimonial, así lo aconsejen. 5. Arrendamientos financieros y otras operaciones de naturaleza similar : Se entiende por arrendamiento, a efectos de esta norma, cualquier acuerdo, con independencia de su instrumentación jurídica, por el que el arrendador cede al arrendatario, a cambio de percibir una suma única de dinero o una serie de pagos o cuotas, el derecho a utilizar un activo durante un periodo de tiempo determinado. 6.Activos financieros : Son activos financieros el dinero en efectivo, los instrumentos de capital o de patrimonio neto de otra entidad, los derechos a recibir efectivo u otro activo financiero de un tercero o de intercambiar con un tercero activos o pasivos financieros en condiciones potencialmente favorables. Los criterios establecidos en esta norma de reconocimiento y valoración serán aplicables a todos los activos financieros, excepto a aquellos para los que se hayan establecidos criterios específicos en otra norma de reconocimiento y valoración, hecho que no se produce en nuestra Institución. Las inversiones financieras se han registrado por su precio de adquisición. 7. Pasivos financieros : Un pasivo financiero es una obligación exigible e incondicional de entregar efectivo u otro activo financiero a un tercero o de intercambiar con un tercero activos o pasivos financieros en condiciones potencialmente desfavorables. Los criterios establecidos en esta norma de reconocimiento y valoración serán aplicables a todos los pasivos financieros, excepto a aquellos para los que se hayan establecido criterios específicos en otra norma de reconocimiento y valoración. 7.1.- Deudas con Entidades Financieras : El valor contable de la deuda concertada con Entidades Financieras viene definido por el valor de adjudicación de cada uno de los préstamos recibidos y desembolsados. Las amortizaciones del capital se contabilizan por el principio de devengo, según el cuadro de amortización del préstamo, así como los intereses financieros. A principio de cada ejercicio se reclasifican los intereses a corto o a largo plazo. 7.2.- Líneas de Crédito : 7.3.- Información sobre los riesgos de tipo de cambio y de tipo de interés : 7.4.- Avales y otras garantías concedidas : La Escuela Insular de Música de La Palma no tiene ninguna operación de estas características 8. Coberturas contables : Mediante una operación de cobertura, uno o varios instrumentos financieros denominados instrumentos de cobertura, son designados para cubrir un riesgo específicamente identificado que puede tener impacto en la cuenta del resultado económico patrimonial o en el estado de cambios en el patrimonio neto, como consecuencia de variaciones en el valor razonable o en los flujos de efectivo de una o varias partidas cubiertas. 9. Activos construidos o adquiridos para otra entidades : Son los bienes construidos o adquiridos por una entidad gestora, con base en el correspondiente contrato, convenio o acuerdo, con el objeto de que una vez finalizado el proceso de adquisición o construcción de los mismos se transfieran necesariamente a otra entidad destinataria, con independencia de que esta última participe o no en su financiación. 10. Moneda extranjera : Transacción en moneda extranjera: Es toda operación que se establece o exige su liquidación en una moneda extranjera. Se entiende por moneda extranjera cualquier moneda distinta del euro. Partidas monetarias: Son unidades monetarias mantenidas en efectivo, así como activos y pasivos que se van a recibir o pagar, al vencimiento, mediante una cantidad fija o determinable de unidades monetarias. Incluyen entre otros: los saldos disponibles en cajas de efectivo y cuentas bancarias, préstamos, valores representativos de deuda, cuentas a cobrar, cuentas a pagar y provisiones. Partidas no monetarias: Son activos y pasivos que no dan derecho a recibir ni obligación de entregar, una cantidad determinada o determinable de unidades monetarias. Incluyen entre otros, los activos materiales o intangibles, las existencias, así como los instrumentos de patrimonio. 11. Transferencias y subvenciones : A los únicos efectos de este plan: Las transferencias tienen por objeto una entrega dineraria o en especie entre los distintos agentes de las administraciones públicas, y de estos a otras entidades públicas o privadas y a particulares, y viceversa, todas ellas sin contrapartida directa por parte de los beneficiarios, destinándose a financiar operaciones o actividades no singularizadas. Las subvenciones tienen por objeto una entrega dineraria o en especie entre los distintos agentes de las administraciones públicas, y de estos a otras entidades públicas o privadas y a particulares, y viceversa, todas ellas sin contrapartida directa por parte de los beneficiarios, destinándose a un fin, propósito, actividad o proyecto específico, con la obligación por parte del beneficiario de cumplir las condiciones y requisitos que se hubieran establecido o, en caso contrario, proceder a su reintegro. Las transferencias y subvenciones suponen un aumento del patrimonio neto del beneficiario de las mismas y, simultáneamente, una correlativa disminución del patrimonio neto del concedente. 12. Provisiones para insolvencias : Esta norma de reconocimiento y valoración se aplicará con carácter general, excepto si en otra norma de reconocimiento y valoración contenida en este Plan se establece un criterio singular. Tampoco se aplicará para el registro de provisiones en las que sean necesarios cálculos actuariales para su determinación y las que afectan a los denominados beneficios sociales. Una provisión es un pasivo sobre el que existe incertidumbre acerca de su cuantía o vencimiento. Dará origen al pasivo todo suceso del que nace una obligación de pago, de tipo legal, contractual o implícita para la entidad, de forma que a la entidad no le queda otra alternativa más realista que satisfacer el importe correspondiente. Una obligación implícita es aquella que se deriva de las actuaciones de la propia entidad, en las que: a) debido a un patrón establecido de comportamiento en el pasado, a políticas gubernamentales que son de dominio público o a una declaración efectuada de forma suficientemente concreta, la entidad haya puesto de manifiesto ante terceros que está dispuesta a aceptar cierto tipo de responsabilidades; y b) como consecuencia de lo anterior, la entidad haya creado una expectativa válida, ante aquellos terceros con los que debe cumplir sus compromisos o responsabilidades. 13.Información sobre medio ambiente : Se informará sobre : 1.- Las obligaciones reconocidas en el ejercicio con cargo a cada grupo de programa de la política de gasto 17 “Medio Ambiente” 2.- Importe de los beneficios fiscales por razones medioambientales que afecten a los tributos 14. Activos en estado de venta : Los activos en estado de venta son activos no financieros, excluidos los del patrimonio público del suelo, clasificados inicialmente como no corrientes cuyo valor contable se recuperará fundamentalmente a través de una transacción de venta, en lugar de por su uso continuado. Para aplicar la clasificación anterior, el activo debe estar disponible, en sus condiciones actuales, para su venta inmediata, sujeto exclusivamente a los términos usuales y habituales para la venta de estos activos, y su venta debe ser altamente probable. Se considera que su venta será altamente probable cuando concurran las siguientes circunstancias: a) La entidad debe encontrarse comprometida por un plan para vender el activo y haber iniciado un programa para encontrar comprador y concretar el plan. b) Se espera completar la venta dentro del año siguiente a la fecha de clasificación del activo como en estado de venta, salvo que por hechos o circunstancias fuera del control de la entidad, el plazo de venta se tenga que alargar y exista evidencia suficiente de que la entidad siga comprometida con el plan de disposición del activo. DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA QUE SE CUMPLIMENTA EN LA MEMORIA DE LA CUENTA GENERAL 1.Presentación por actividades de la cuenta del resultado económico patrimonial : La entidad podrá presentar la cuenta del resultado económico patrimonial clasificando los gastos económicos incluidos en la misma por actividades. 2.Operaciones por administración de recursos por cuenta de otros entes públicos : La información se obtiene a través de cuentas del subgrupo 45 “Deudores y acreedores por administración de recursos por cuenta de otros entes públicos”. 3.Operaciones no presupuestarias de tesorería : La información se compone de los siguientes estados : 1.-Estado de deudores no presupuestarios 2.-Estado de acreedores no presupuestarios 3.-Estado de partidas pendientes de aplicación : a) Cobros pendientes de aplicación b) Pagos pendientes de aplicación 4.Contratación administrativa. Procedimientos de adjudicación : Información, por tipos de contratos, sobre los importes adjudicados según los diferentes procedimientos establecidos en la normativa vigente sobre contratación. 5.Valores recibidos en depósito: Información para cada uno de los conceptos mediante los que se registren contablemente los valores depositados, dentro de los cuales se incluyen los avales y seguros de caución recibidos. 6.Información presupuestaria Se suministrará la siguiente información : 6.1. Ejercicio Corriente : 1) Presupuesto de Gastos : a) Modificaciones de Crédito b) Remanentes de Crédito c) Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto 2) Presupuesto de Ingresos : a) Proceso de Gestión b) Devoluciones de ingresos 6.2. Ejercicios Cerrados : 1) Presupuesto de Gastos. Obligaciones de presupuestos de gastos 2) Derechos a cobrar de presupuestos cerrados 3) Variación de resultados presupuestarios de ejercicios anteriores 6.3. Ejercicios posteriores : 1) Compromisos de gasto con caro a presupuesto de ejercicios posteriores 2) Compromisos de ingresos con cargo a presupuestos de ejercicios posteriores 6.4. Ejecución de proyectos de gasto 6.5. Gastos con financiación afectada 6.6. Remanente de tesorería 7.Indicadores financieros, patrimoniales y presupuestarios : Se realizarán los siguientes cálculos : 7.1. Indicadores financieros y patrimoniales : 7.2. Indicadores presupuestarios : a) Del presupuesto de gastos corriente b) Del presupuesto de ingresos corriente c) De presupuestos cerrados 8.Información sobre el coste de las actividades : Para confeccionar la información que se recoge en los cuadros señalados por la norma de contabilidad, se tendrá en cuenta lo previsto en la norma f) de elaboración de la memoria. 9.Indicadores de gestión Los indicadores de gestión son instrumentos de medición elegidos como variables relevantes que pretenden informar sobre aspectos globales o concretos de la organización, atendiendo, especialmente, a la evaluación de la eficacia, eficiencia y economía en la prestación de, al menos, los servicios o actividades financiados con tasas o precios públicos. Para la confección de los indicadores que a continuación se relacionan se tendrá en cuenta lo previsto en la norma f) de elaboración de la memoria : 1.- Indicadores de eficacia 2.- Indicadores de eficiencia 3.- Indicador de economía 4.- Indicador de medios de producción 10. Acontecimientos posteriores al Cierre : Los hechos posteriores que pongan de manifiesto condiciones que ya existían al cierre del ejercicio deberán tenerse en cuenta para la formulación de las cuentas anuales o, en su caso, para su reformulación, siempre antes de su aprobación por el órgano competente. Estos hechos posteriores motivarán en las cuentas anuales, en función de su naturaleza, un ajuste, información en la memoria, o ambos. Los hechos posteriores al cierre del ejercicio que pongan de manifiesto condiciones que no existían al cierre del mismo, no supondrán un ajuste en las cuentas anuales. No obstante, cuando los hechos sean de tal importancia que si no se facilitara información al respecto podría distorsionarse la capacidad de evaluación de los usuarios de las cuentas anuales, se deberá incluir en la memoria información respecto a la naturaleza del hecho posterior conjuntamente con una estimación de su efecto o, en su caso, una manifestación acerca de la imposibilidad de realizar dicha estimación. En todo caso deberá incluirse información sobre los hechos posteriores que afecte a la aplicación del principio de gestión continuada. No se han producido acontecimientos que deban informarse en este apartado. LA INTERVENTORA DELEGADA