Avda. Marítima, 3 38700 Santa Cruz de La Palma (Islas Canarias) Tel. 922 423 100 – Fax: 922 420 030 Servicio de Infraestructura DOÑA MARÍA DEL CARMEN ÁVILA ÁVILA, SECRETARIA GENERAL DEL PLENO DEL EXCMO.CABILDO INSULAR DE LA PALMA. C E R T I F I C O: Que el Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en Sesión Plenaria Extraordinaria celebrada el día veintinueve de abril de dos mil veinticuatro, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo: ASUNTO Nº 5.- DACIÓN DE CUENTA DEL INFORME DE AUDITORÍA DE CUENTAS DEL O.A. ESCUELA INSULAR DE MÚSICA DE LA PALMA, REFERIDO AL EJERCICIO 2022. REVISADO. Se da cuenta por la Presidencia del informe de auditoría de cuentas del O.A. Escuela Insular de Música de La Palma, referido al ejercicio 2022, que ha sido remitido a los señores consejeros junto a la convocatoria de esta sesión extraordinaria, cuyo tenor literal es el siguiente: INFORME DEFINITIVO SECRETARÍA GENERAL MCAA/mjgp PLAN DE CONTROL FINANCIERO DE LA INTERVENCIÓN GENERAL DEL CABILDO INSULAR DE LA PALMA EJERCICIO 2023 INFORME DE AUDITORÍA PÚBLICADE CUENTAS ANUALES EJERCICIO 2022 ESCUELA INSULAR DE MUSICA Auditores: INTERVENCIÓN GENERAL GRUPO DE AUDITORES PÚBLICOS, S.A.P. INFORME DEFINITIVO INFORME DE AUDITORÍA PÚBLICA SOBRE LAS CUENTAS ANUALES EMITIDO POR LA INTERVENCIÓN GENERAL DEL CABILDO INSULAR DE LA PALMA. Al Consejo Rector de la Escuela Insular de Música Opinión con salvedades La competencia de la Intervención General del Cabildo Insular de La Palma para ejercer el control financiero mediante la realización de auditorías de sus entidades dependientesestá recogida en los artículos 213 y 220 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales (TRLRHL), así como en el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno de las entidades del Sector Público Local (RCIEL). El Plan anual de control financiero para el año 2023 de la Intervención General, aprobado por el Interventor General Accidental el 10 de marzo de 2023, contempla la realización de la auditoría de la entidad que se detalla: Denominación Escuela Insular de Música Naturaleza Organismo Autónomo C.I.F. P-3800057F Dirección Plaza San Francisco nº 3 Municipio y CP Santa Cruz de La Palma, 38700 Área de adscripción Cultura, patrimonio histórico, educación, sanidad y artesanía Las actuaciones de control, entre las que se encuentra la realización del presente informe de auditoría públicade las cuentas anuales de la citada entidad, correspondiente al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2022, se han llevado a cabo por la Intervención General, de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría adaptadas al Sector Público Español (NIA-ES-SP) y las notas técnicas que la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) confeccione en desarrollo de las anteriores, según prevé el artículo 33.1 RCIEL, ha contado con la colaboración de la sociedad de auditoría Grupo de Auditores Públicos, S.A.P. La Cuenta General del ejercicio 2022fue aprobada por el Pleno del Cabildo Insular el día 29 de septiembre de 2023. INFORME DEFINITIVO 1 Con fecha 27 de marzo de 2024 la entidad recibió el Informe provisional de auditoría de cuentas anuales correspondiente al ejercicio 2022 y, transcurrido el plazo reglamentario sin haber presentado alegaciones al mismo, se procede a elevarlo a definitivo. En nuestra opinión, basada en nuestra auditoria, excepto por el efecto y los posibles efectos de las cuestiones descritas en la sección Fundamento de la opinión con salvedades de nuestro informe, las cuentas anuales abreviadas adjuntas expresan, en todos los aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la entidad a 31 de diciembre de 2022, así como de sus resultados, correspondientes al ejercicio terminado en dicha fecha, de conformidadcon el marco normativo de información financiera que resulta de aplicación y, en particular, con los principios y criterios contables contenidos en el mismo. Fundamento de la opinión con salvedades En el desarrollo de nuestro trabajo se han puesto de manifiesto los siguientes hechos o circunstancias que tienen un efecto directo o indirecto sobre las citadas cuentas anuales examinadas: 1. La entidad no dispone de un inventario aprobado de acuerdo a los requisitos del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, que permita identificar la composición de los saldos registrados en el inmovilizado, ni hemos dispuesto de la información soporte de su valoración, en consecuencia, no hemos podido verificar la razonabilidad de saldos que figuran en los epígrafes I. Inmovilizado Intangible y II. Inmovilizado material del Balance al 31 de diciembre de 2022, con unos saldos de 38.406,40 y 384.885,82 euros, respectivamente. El informe de auditoría de cuentas del ejercicio anterior ya incluía una salvedad en relación con este mismo asunto. 2. La entidad desarrolla una parte de sus actividades en inmuebles cedidos por otras administraciones públicas, sin embargo, no dispone de la valoración de sus inmuebles con titularidad registral diferente a la Escuela, es decir, las cesiones de uso recibidas, por consiguiente, no se ha reconocido el activo intangible por el derecho de uso recibido, así como la dotación acumulada ni el gasto por la amortización anual de dichos activos. El informe de auditoría de cuentas del ejercicio anterior ya incluía una salvedad en relación con este mismo asunto. 3. Como consecuencia de las respuestas recibidas de las solicitudes de confirmación de las entidades bancarias, se ha puesto de manifiesto la existencia de una cuenta corriente, con un saldo de 43.618,45 euros al cierre del 31 de diciembre de 2022 (54.518,32 euros al cierre del ejercicio 2021), que no aparecen registrados en la contabilidad de la entidad. Estos saldos provienen de ingresos recibidos en una cuenta de recaudación, que la entidad no reconoce como ingresos del ejercicio, ni como derechos de cobro, hasta su identificación y traspaso a la cuenta corriente operativa. En consecuencia, los epígrafes VII. Efectivo y otros activos líquidos equivalente y II. Patrimonio Generado por los resultados del ejercicio del Balance a 31 de diciembre de 2022, así como el epígrafe I. Ingresos Tributarios y urbanísticos de la Cuenta del resultado económico-patrimonial, la aplicación presupuestaria 34200 dentro del Capítulo 3 del estado de Liquidación del Presupuesto de ingresos y el Resultado Presupuestario Ajustado del ejercicio 2022, se encuentran infravalorados en 43.618,45 euros (54.518,32 euros al cierre del ejercicio 2021).El informe de auditoría de cuentas del ejercicio anterior ya incluía una salvedad en relación con este mismo asunto. INFORME DEFINITIVO 2 4. La entidad no ha elaborado una memoria con el contenido que se requiere en la Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo normal de contabilidad local, ni consta la evidencia de su fecha de formulación, ni del responsable de la firma (firmas).Las cuentas anuales adjuntas únicamente incluyen los informes que automáticamente genera el sistema contable, en relación con: el Balance, la Cuenta del Resultado Económico Patrimonial, los Estados de Ingresos y Gastos Reconocidos y de Cambios en el Patrimonio Neto, el Estado de Flujos de Efectivo, la Liquidación de los Presupuestos de Ingresos y de Gastos y el Resultado Presupuestario del ejercicio 2022, así como varios anexos de detalle en relación con la plantilla, el inmovilizado, los activos y pasivos financieros, las transferencias y subvenciones recibidas y concedidas, etc.El informe de auditoría de cuentas del ejercicio anterior ya incluía una salvedad en relación con este mismo asunto. Hemos llevado a cabo nuestra auditoría de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas vigente para el Sector Público en España. Nuestras responsabilidades de acuerdo con dichas normas se describen más adelante en la sección Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de las cuentas anuales de nuestro informe. Somos independientes de la entidad de conformidad con los requerimientos de ética y protección de la independencia que son aplicables a nuestra auditoría de las cuentas anuales para el Sector Público en España según lo exigido por la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas de dicho Sector Público. Consideramos que la evidencia de auditoría que hemos obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para nuestra opinión con salvedades. Cuestiones clave de la auditoría Las cuestiones clave de la auditoría son aquellas cuestiones que, según nuestro juicio profesional, han sido de la mayor significatividad en nuestra auditoría de las cuentas anuales del periodo actual. Estas cuestiones han sido tratadas en el contexto de nuestra auditoría de las cuentas anuales en su conjunto, y en la formación de nuestra opinión sobre éstas, y no expresamos una opinión por separado sobre esas cuestiones. Excepto por las cuestiones descritas en la sección Fundamento de la opinión con salvedades, hemos determinado que no existen otrascuestiones o riesgos más significativos consideradosen la auditoría que se deban comunicar en nuestro informe. Otra información: indicadores financieros, patrimoniales y presupuestarios La “otra información” comprende la información incluida en la memoria, en relación a Indicadores financieros, patrimoniales y presupuestarios que asume como consecuencia de su pertenencia al sector público, cuya preparación es responsabilidad de la Intervención Delegada y no forman parte integrante de las cuentas anuales. Nuestra opinión de auditoría sobre las cuentas anuales no cubre la otra información. Nuestra responsabilidad sobre la otra información, de conformidad con lo exigido por la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas, consiste en evaluar e informar sobre la concordancia de la otra información con las cuentas anuales, a partir del INFORME DEFINITIVO 3 conocimiento de la entidad obtenido en la realización de la auditoría de las citadas cuentas y sin incluir información distinta de la obtenida como evidencia durante la misma. Responsabilidad del órgano de gestión (Presidencia de la entidad) en relación con la formulación de las cuentas anuales La Presidencia de la entidades responsable de formular las cuentas anuales adjuntas, de forma que expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, y del resultado económico-patrimonial de la entidad y de la ejecución del presupuesto de la entidad, de conformidad con el marco normativo de información financiera aplicable a la entidad en España, y del control interno que considere necesario para permitir la preparación de cuentas anuales libres de incorrección material, debida a fraude o error. En la preparación de las cuentas anuales,la Presidencia de la entidades responsable de la valoración de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento, revelando, según corresponda, las cuestiones relacionadas con la empresa en funcionamiento y utilizando el principio contable de empresa en funcionamiento, excepto si el Pleno del Cabildo Insular (órgano de gobierno) tiene la intención o la obligación legal de liquidar la entidad o de cesar sus operaciones o bien no exista otra alternativa realista. Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de las cuentas anuales Nuestra responsabilidad es la realización de la auditoría de las cuentas anuales de la entidad de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas para el Sector Público vigente en España y la emisión de un informe de auditoría. Somos independientes de la entidad de conformidad con los requerimientos de ética, y protección de la independencia, que son aplicables a nuestra auditoría de las cuentas anuales para el Sector Público en España, según lo exigido por la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas de dicho Sector Público. Santa Cruz de La Palma, documento firmado electrónicamente. INTERVENCIÓN GENERAL DEL CABILDO INSULAR DE LA PALMA Interventor General Accidental Socio Auditor” INFORME DEFINITIVO 4 GRUPO DE AUDITORES PÚBLICOS S.A.P. María Belén Domínguez Rubiño El Pleno de la Corporación toma conocimiento del informe de auditoría de cuentas del O.A. Escuela Insular de Música de La Palma, referido al ejercicio 2022. Y para que conste a los efectos procedentes, y a reserva de los términos que resulten de la subsiguiente aprobación del Acta, según se determina en el Artículo 206 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, expido la presente certificación, de orden y con el visto bueno del Excmo. Sr. Presidente, D. Sergio Javier Rodríguez Fernández, en la sede del Cabildo Insular, y en la Ciudad de Santa Cruz de La Palma, a fecha de la firma electrónica. Vº Bº EL PRESIDENTE MARIA DEL CARMEN AVILA AVILA - DNI 13747415Q RODRIGUEZ FERNANDEZ SERGIO JAVIER - 42172780A Firmado digitalmente por RODRIGUEZ FERNANDEZ SERGIO JAVIER - 42172780A Fecha: 2024.04.29 17:06:40 +01'00' INFORME DEFINITIVO 5 Firmado digitalmente por MARIA DEL CARMEN AVILA AVILA - DNI 13747415Q Fecha: 2024.04.29 13:34:20 +01'00'