EXPTE 01/2023/CE-SC/EIM MEMORIA ECONÓMICA JUSTIFICATIVA DE LA NECESIDAD DE APROBAR EL EXPEDIENTE Nº 01/2023 DE CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS Y SUPLEMENTOS DE CRÉDITO EN EL PRESUPUESTO DE 2023 DEL O.A. ESCUELA INSULAR DE MÚSICA. Vista la posibilidad, de conformidad con el acuerdo del Congreso de los Diputados, de 22 de septiembre de 2022, de suspensión de las reglas fiscales para 2023 por la apreciación de un situación de emergencia extraordinaria derivada de la pandemia, que se ajusta a lo dispuesto en el artículo 135.4 de la Constitución Española y artículo 11.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, lo que permite un uso libre del remanente, una vez descontadas las cantidades que se deben aplicar a cancelar la cuenta de “Acreedores por operaciones pendientes de aplicar al presupuesto”, o equivalentes y los importes destinados a financiar la incorporación de remanentes de créditos recogidos en el artículo 182 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 99 del reglamento que la desarrolla (RD 500/1990) y en el art. 177 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, desarrollado por los artículos 35 y ss. del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, para el uso del remanente de tesorería para gastos generales para gastos de libre disposición, he resuelto la incoación del expediente de concesión de créditos extraordinarios y suplementos de crédito nº 1/2023 en el Presupuesto de la Escuela Insular de Música de 2023 (expte nº 49/2023/EIMRESOL), por un importe total de SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y UN EUROS CON VEINTIÚN CÉNTIMOS (64.531,21 €), mediante el Decreto nº 2023/77 del 19 de julio de 2023, financiado con el precitado recurso, ante la urgente e inaplazable necesidad de llevar a cabo los siguientes gastos imprevistos, según constan en la propuesta conjunta de la entonces presidencia en funciones y la dirección de la Escuela: o Gastos de personal con destino a: financiar los créditos necesarios para poder modificar la plantilla orgánica de la Escuela a fin de poder cubrir el puesto de la dirección del organismo autónomo, derivado de la modificación de los Estatutos (BOP nº 38, de 29 de marzo de 2023), para el último trimestre del ejercicio, créditos estimados en 22.593,24 €; para cubrir el contrato temporal por acumulación de tareas durante tres meses (periodo de matrícula del alumnado) de un/a auxiliar administrativo/a, estimados en 8.619,60 €; para cubrir la ampliación del contrato temporal por acumulación de tareas de seis a nueve meses de la licenciada en Derecho, dado que la causa de su contratación persiste, estimados en 15.748,90 €; para cubrir el reconocimiento de trienios de la auxiliar administrativo de la Escuela, estimados en 7.585,10 €; para cubrir el déficit en la aplicación de ayudas al estudio del personal, originado por el reconocimiento en 2023 de una ayuda al estudio correspondiente al curso 2021/2022 a una profesora, estimados en 484,87 €; y para cubrir, asimismo, el déficit en la aplicación de transportes del personal, producido por la asunción en 2023 del kilometraje del profesorado correspondiente al último trimestre de 2022, estimados en 9.500,00 €. Sobre la base de lo expuesto, y teniendo en cuenta que dichos gastos no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente sin quebranto de los intereses de esta Escuela Insular de Música y de sus propios alumnos, propongo la siguiente MEMORIA JUSTIFICATIVA Elaborada según las prescripciones del artículo 37.2, apartados a) y b) del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. 1.- Clase de modificación que ha de ser realizada: Concesión de créditos extraordinarios y suplementos de crédito. 2.- Aplicaciones del Presupuesto de gastos a las que afecta el expediente: CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS.- Expresado en euros APLICACIÓN PRESUPUESTARIA DENOMINACIÓN CRÉDITO A HABILITAR 326.101.00 RETRIBUCIONES BÁSICAS MÁXIMO ÓRGANO DE DIRECCIÓN 5.005,24 326.101.01 OTRAS REMUNERACIONES MÁXIMO ÓRGANO DE DIRECCIÓN 11.982,16 TOTAL DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS 16.987,40 € SUPLEMENTOS DE CRÉDITO.- Expresado en euros APLICACIÓN PRESUPUESTARIA DENOMINACIÓN CRÉDITO A SUPLEMENTAR 326.130.00 RETRIBUCIONES BÁSICAS PERSONAL LABORAL FIJO 3.261,60 326.130.02 OTRAS REMUNERACIONES PERSONAL LABORAL FIJO 2.441,48 326.131.00 RETRIBUCIONES PERSONAL LABORAL TEMPORAL 18.321,80 326.160.00 SEGURIDAD SOCIAL 13.534,06 326.162.02 TRANSPORTE DEL PERSONAL. KILOMETRAJE 9.500,00 326.162.09 AYUDAS AL ESTUDIO DEL PERSONAL 484,87 TOTAL DE SUPLEMENTOS DE CRÉDITO 47.543,81 € TOTAL DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS Y SUPLEMENTOS DE CRÉDITO 64.531,21 € 3.- Medios o recursos que han de financiar la modificación de crédito: Aplicación del Remanente de Tesorería para gastos generales, resultante de la Liquidación del Presupuesto de la Escuela Insular de Música de 2022: CONCEPTO DENOMINACIÓN IMPORTE 870.00 Remanente de Tesorería para gastos generales 64.531,21 € TOTAL DE LA FINANCIACIÓN IGUAL A LOS CRÉD. EXTRAORD. Y SUPLEM. DE CRÉDITO 64.531,21 € 4.- Los gastos específicos y determinados que se proyectan en el presente expediente no pueden demorarse hasta el siguiente ejercicio, no existiendo crédito adecuado o suficiente destinado a dichas finalidades en el nivel en que está establecida la vinculación jurídica en el estado de gastos del Presupuesto en vigor. 5.- El saldo actual del remanente de tesorería para gastos generales resultante de la Liquidación del Presupuesto de 2022 de este organismo autónomo, que ascendió a 795.207,60 €, resulta suficiente para financiar el presente expediente, tras no haber financiado con dicho recurso previamente ninguno de los tipos de gastos que dispone la D.A. 6ª de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, una vez cumplidas las condiciones establecidas en dicha ley: • Obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto contabilizadas a 31 de diciembre, por importe de 0,00 €. • Financiación de expedientes de incorporación de remanentes financiados con Remanente de Tesorería para Gastos Generales, por importe de 0,00 €. • Financiación de otros expedientes de modificación presupuestaria financiados con Remanente de Tesorería para Gastos Generales, por importe de 0,00 €. Es por todo lo expuesto que se hace necesario tramitar este tipo de modificación presupuestaria. En Santa Cruz de La Palma, EL PRESIDENTE DE LA ESCUELA INSULAR DE MÚSICA RODRIGUEZ FERNANDEZ SERGIO JAVIER - 42172780A Firmado digitalmente por RODRIGUEZ FERNANDEZ SERGIO JAVIER - 42172780A Fecha: 2023.07.24 09:05:22 +01'00'